La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) admitió una demanda de inconstitucionalidad presentada por la Fiscalía General de la República (FGR), contra una polémica reforma a la ley de extinción de dominio de bienes de origen ilícito.
La CSJ informó que la resolución, firmada por los 5 jueces que forman la Sala, establece que la demanda presentada por el fiscal general, Douglas Meléndez, cumple los «requisitos para ser admitidos y habilitan al tribunal» para conocer la supuesta inconstitucionalidad.
Según la fuente, Meléndez expuso que la reforma, aprobada el pasado 18 de julio por el Congreso, viola «los principios de contradicción, libre debate y publicidad» establecidos en la Constitución y que fue promulgada sin que el órgano de Estado «justificara los motivos que legitimaban la adopción de esa medida excepcional».
El fiscal alegó que las modificaciones «eliminan» de la ley «una norma que busca evitar la impunidad y no prevén una medida alternativa para la consecución de ese fin» y da «un régimen de excepción y privilegios para los funcionarios que gozan de fuero».
Entre los puntos más cuestionados por diversos sectores de la sociedad es el de la inclusión de plazos de prescripción a la acción de extinción de dominio de 10 años contra los delitos de corrupción y contra Hacienda, y de 30 años al crimen organizado, terrorismo y pandillas.
También el de limitar el inicio del proceso de extinción de bienes ilícitos basado en la presunción de un «incremento patrimonial injustificado» únicamente para las pandillas y el crimen organizado, y se dejó fuera los casos de corrupción.
Previo a la aprobación de las reformas, la embajadora de Estados Unidos, Jean Manes, señaló que ésta «no cumple con las normas internacionales y eso es muy triste para El Salvador», porque es un «paso grande atrás en la lucha contra la corrupción y la impunidad».
Pese al rechazo recibido, incluido el de Estados Unidos y Reino Unido, el presidente de la República, Salvador Sánchez Céren, sancionó la reforma promovida por la oficialista exguerrilla del Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN).
Antes de admitir esta demanda, la Sala de lo Constitucional frenó el pasado 11 de agosto la entrada en vigencia para analizar un recurso introducido previamente y porque podría «anular el deber institucional de combatir la corrupción».