Demanda contra alcaldes Muyshondt y d’Aubuisson, por parte del ministro Castro, no podrá prosperar

by Redacción

El ministro de Trabajo, Rolando Castro, demandó en una entrevista televisada al Tribunal Supremo Electora (TSE), que anule la candidatura para la reelección del alcalde de San Salvador, Ernesto Muyshondt, por un proceso penal que enfrenta por supuestas negociaciones con las pandillas.

Esta es la segunda ocasión que Castro pide que el alcalde de la capital, que gobierna bajo la bandera de la opositora Alianza Republicana Nacionalista (ARENA) no pueda competir para un segundo mandato.

Además hizo la misma petición contra el alcalde de la ciudad de Santa Tecla, Roberto d’Aubuisson, por supuestamente enfrentar una causa penal, sin detallar los cargos que enfrenta, y perder un proceso administrativo por el supuesto despido de trabajadores municipales.

«Esperando que el TSE los inhabilite de forma inmediata, de no hacerlo y decide inscribirlos, presentaré recurso de inconstitucionalidad en la Sala de lo Constitucional», sostuvo Castro.

El ministro de Trabajo del Ejecutivo de Nayib Bukele presentó las solicitudes después de que los jueces constitucionales ordenaran al TSE no permitir la candidatura para diputado de Walter Araujo, uno de los principales defensores del presidente Nayib Bukele en las redes sociales.

Esta orden se dio como medida cautelar ante un recurso de inconstitucionalidad contra su candidatura por tener abierto un proceso penal por violencia machista, que incluye señas y lenguaje soez en contra de varias mujeres, por lo que Araujo carece de «honradez notoria».

La causa penal contra Muyshondt, por supuestamente negociar favores electorales con las pandillas, se encuentra en la etapa de instrucción desde julio de 2019 y el alcalde no ha sido encontrado culpable de ninguna de las acusaciones que promueve el Ejecutivo de Bukele contra el edil de San Salvador.

Para el ministro Castro, estar procesado o haberlo estado, es sinónimo de falta de moralidad notoria, como la de su defendido Walter Araujo.

Castro alega jurisprudencia sentada por la Sala de lo Constitucional en el caso por el que la abogada Berta Deleón se “apió”, como ella misma dice, al ahora excandidato de Nuevas Ideas, Walter Araujo.

Abogados consultados en el asunto dijeron a este medio, con la salvedad de que se ocultase su nombre por temor a ser atacados públicamente en lo que uno de ellos cataloga como «sistema de terror mediático de Estado» contra quien se «atreve» a criticar a cualquier funcionario del Ejecutivo, que el ministro Castro se equivoca, pues para que se produzca jurisprudencia es necesario que por lo menos cinco veces se haya dictado la misma sentencia o dictado la misma resolución, segundo, que los puntos específicos en las resoluciones de la Sala de lo Constitucional están enmarcadas no solo en su forma, sino también en su contenido.

«El contenido y no la forma de la resolución que dejó sin efecto la candidatura de Araujo, es la que importa. Habría que ver la naturaleza de las infracciones atribuidas a los candidatos y si estas pueden subsumirse en la jurisprudencia que cita Castro», explicó.

Otro profesional del derecho explica que «Existe la moral pública y la moral privada. La primera es aquella que afecta normas de conducta que regulan nuestro comportamiento en relación con los demás y moral privada que es aquella conducta que regula nuestro comportamiento cuando este solo afecta a nosotros mismos».

«No estamos analizando el fallo de la Sala en el caso de Walter Araujo; sin embargo, creemos que implícitamente se refiere al concepto abstracto de “valor moral” más que a la infracción penal a la que se refiere el ministro Castro», aseguró otro abogado.

Los letrados son de la opinión que «lo más seguro es que la Sala de lo Constitucional va a resolver la demanda de Rolando Castro hasta después de las elecciones del 28 de febrero y que su resolución, que creemos va ser declarar sin lugar la petición del ministro Castro, contendrá una definición razonable de la moral pública a la que se refiere el derecho constitucional y la falta de moral notoria de los ciudadanos como personas individuales».

La moralidad notoria, a la que se refiere la Constitución Política de El Salvador, es el uso constante de expresiones o manifestaciones ofensivas a las buenas costumbres en sitios públicos y no al hecho de que un ciudadano haya sido procesado por infracciones a la ley penal. Pensar otra cosa sería atentatorio al principio de inocencia que establece la misma Constitución, finalizaron los abogados consultados.

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