Sala sentencia inconstitucional Presupuesto General de la Nación 2017
La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró inconstitucional la Ley del Presupuesto General de la Nación 2017, debido a la vulneración a los principios de equilibrio presupuestario y universalidad, establecidos en los artículos 226 y 227 de la Constitución de la República.
Según la sentencia, en el Presupuesto hubo subestimaciones en algunos gastos, como la deuda de pensiones y las pensiones del Instituto de Previsión Social de la Fuerza Armada (IPSFA). Tampoco se consideraron las devoluciones del IVA a exportadores y de Impuesto sobre la Renta.
“Se ha corroborado que no incluye todos los gastos reales e íntegros que deben realizarse en el ejercicio financiero fiscal. Se generan brechas de financiamiento y problemas de liquidez”, reza un comunicado emitido por la oficina de Comunicaciones del Poder Judicial.
Específicamente, la Sala advierte que al pago de las obligaciones previsionales, que son aproximadamente $230 millones para este año, se le asignó una partida de un mil dólares.
El presupuesto derogado tampoco cubría la totalidad del escalafón salarial del sector salud.
La Sala detectó además que hay un aumento considerable del monto destinado al pago de salarios, por lo que ordenó frenar nuevas contrataciones y regular los pagos de escalafones. Los magistrados además le ordenan a la Asamblea que revise las remuneraciones de algunos funcionarios que le representen demasiado gasto al Estado.
Los magistrados de la Sala explican en la sentencia que en el presupuesto del 2017 se autoriza la deuda flotante en que el gobierno puede incurrir cada año para remediar deficiencias temporales de ingresos, lo cual constituye un empréstito voluntario, pero que debe ser autorizado previamente por la Asamblea Legislativa con mayoría calificada.
Debido a que el presupuesto se encuentra en ejecución, la Asamblea Legislativa debe realizar reformas necesarias para cumplir la sentencia y corregir las violaciones a la ley, dichas reformas deberán ser realizadas a más tardar el 31 de octubre de este año.
Los poderes Ejecutivo y Legislativo quedan inhabilitados para realizar transferencias de recursos públicos a entes privados, particularmente a aquellos que tengan vínculo material con partidos políticos. Refiriéndose a la costumbre de pasar dineros a fundaciones y ONG’s con trasfondo político.
Pocas horas antes de la sentencia, el presidente de la República, Salvador Sánchez Cerén había amenazado veladamente a los magistrados de la Sala de lo Constitucional, al intentar hacerlos responsables por los problemas de pago de pensiones que le corresponden al Ejecutivo pagar a más de 175 mil jubilados.
“Mi gobierno no permitirá que la Sala ni nadie deje a los jubilados sin pensión”, dijo en Cadena Nacional de Radio y Televisión el presidente de la República.
En un irreflexivo ataque contra la sala, Sánchez Cerén fundamentó su enojo en la critica por el fallo de inconstitucionalidad dado por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) con respecto a las reformas al sistema de pensiones aprobadas la semana pasada por el oficialismo y sus partidos satélites en la Asamblea Legislativa, con el que el Gobierno se apropiaba de parte de los ahorros de los trabajadores salvadoreños en detrimento a sus aportes para su fondo de pensión.
“El impago de pensiones es culpa de la Sala de lo Constitucional y condeno estas medidas que son políticas y que solo buscan crear el caos y desestabilizar al país”, dijo Sánchez Cerén.
“Llamo al pueblo salvadoreño a respaldar al gobierno en las medidas que tomaremos para asegurar el pago de las pensiones”, amenazó el Presidente con la respectiva respuesta este día por parte de la Sala.