La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) admitió una demanda de inconstitucionalidad por la elección de José Apolonio Tobar Serrano como Procurador de Derechos Humanos (PDDH).
En la resolución, los magistrados avalaron los argumentos del demandante, quien expuso que dicho nombramiento fue con aprobación de más de un tercio de suplentes del pleno de la Asamblea Legislativa; algo que contraviene la normativa legal.
De acuerdo a la Constitución de la República, los diputados pueden hacer uso del Suplente “en caso de muerte, renuncia, nulidad de elección, permiso temporal o imposibilidad de concurrir de los propietarios», según establece el Artículo 131, ordinal 4.
Los magistrados consideraron que esas condiciones no se cumplieron, ya que la mayoría de propietarios se encontraban en la Plenaria en la que fue elegido Tobar.
Según el demandante, el relevo fue justificado, razón por la cual la elección no fue constitucional.
Tobar Serrano fue electo el 16 de Octubre de 2019 como Procurador de Derechos Humanos, con 57 votos del Pleno; 20 de estos de Suplentes.
Los Magistrados no emitieron medida cautelar. La resolución fue firmada por los cinco magistrados miembros de la Sala. Esta estableció que se hará un análisis si los legisladores incurrieron en fraude a la Constitución.
