Sin importar el monto de compra, todos las empresas grandes y pequeñas deberán aceptar billetes de $50 y $100, en cumplimiento del artículo 3 de la Ley de Integración Monetaria, informó el Banco Central de Reserva (BCR).
«Los billetes dólares de toda denominación tienen curso legal irrestricto en nuestro país de acuerdo con la Ley de Integración Monetaria y ninguna persona o empresa tiene la facultad de limitar su circulación, sin importar su denominación», dijo el presidente del BCR, Douglas Rodríguez.
Asimismo, la Secretaría de Comercio e Inversiones de la Presidencia envió el pasado jueves 30 de marzo a empresarios e inversionistas en El Salvador una circular firmada por el titular de la institución Jorge Miguel Kattan en la que les citan dicha ley y les comunican que «se les requiere atender de manera estricta dicha obligación, en el sentido de aceptar pagos en efectivo con denominaciones de US$50 y US$100, sin importar el monto de compra».
En la misma circular, la Secretaría de Comercio especifica que «el respeto de esta disposición por el sector comercio está siendo verificada por la Defensoría del Consumidor».

Como parte de las acciones para hacer cumplir esta disposición, el BCR, junto a otras instituciones de Gobierno, realizaron un conversatorio llamado «Características de los billetes de alta denominación, disposiciones legales sobre su circulación y su aceptación en el país como moneda de curso legal». Al evento invitaron a miembros de la empresa privada, micro y pequeñas empresas.
De acuerdo con el presidente del BCR, tales acciones son tomadas para incentivar «el crecimiento económico al facilitar la circulación del efectivo en nuestro país y eliminar barreras que turistas y hermanos en el exterior encuentran al visitarnos, para que les acepten billetes de determinada denominación».
La medida fue respaldada por la Defensoría del Consumidor y la Superintendencia del Sistema Financiero (SSF), quienes estarán pendientes del cumplimiento de la medida en los diferentes comercios de El Salvador.