¿Es lícito saltarse la Constitución para tratar de seguir en el poder?

by Redacción

El presidente Nayib Bukele anunció el jueves que inscribirá su candidatura presidencial por el partido Nuevas Ideas antes del próximo miércoles, ya que la semana que viene termina el plazo establecido por ley para el registro de candidatos.

«Claro que me voy a inscribir, pero no mañana. Todavía no sabemos qué día, pero obviamente sabemos que el último día es el 24 de octubre, así que cumpliendo la ley nos vamos a inscribir antes de que se termine el plazo», declaró.

Bukele confirmó así, pese a varias prohibiciones constitucionales, que correrá por la reelección de manera popular, pero no legal.

El partido Nuevas Ideas oficializó en julio la candidatura del presidente Bukele, cuando participó como candidato único pese a la prohibición constitucional de una reelección inmediata. Entonces, indicó que había «hablado el partido más grande de la historia» del país, mientras que agregó que «el 4 de febrero de 2024 el pueblo salvadoreño tendrá la última palabra».

El controvertido mandatario se apoya en una resolución de magistrados leales para pasar por encima del artículo 152 de la Constitución, que prohíbe repetir mandato.

El dictador en ciernes cuenta con una enorme popularidad en el país y se da por descontado que ganará las próximas elecciones.

Sin oposición fuerte y con un enorme control de todo el aparato del Estado, Bukele solo cumple un mero trámite para lograr la reelección.

El mandatario pasa de esta forma por encima de la Constitución, que en el artículo 152 establece que no puede ser candidato a presidente “el que haya desempeñado la Presidencia de la República por más de seis meses, consecutivos o no, durante el periodo inmediato anterior, o dentro de los últimos seis meses anteriores del periodo presidencial”.

Los magistrados de la Sala de lo Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia, leales al presidente e impuestos por él, hicieron una controvertida lectura de las leyes y decidieron que Bukele sí puede reelegirse. Ahora resulta que «inmediato» no significa «justo antes o justo después de otra cosa, sin mediar tiempo entre ellas», si no que el momento que se les antoje.

De esta manera, Bukele contradice sus propias posiciones críticas cuando aspiraba a llegar a la Presidencia. “La Constitución no permite que la misma persona sea presidente dos veces seguidas» Eso es para garantizar que no se mantenga en el poder y que se que ocupe el poder para quedarse en el poder”, dijo hace unos años el joven político en un programa de televisión.

La cosa no es complicada, cualquier persona sin preparación académica superior lo puede entender, el primer artículo de la Constitución al respecto es el más claro: es el artículo 88:

“La alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República es indispensable para el mantenimiento de la forma de gobierno y sistema político establecidos.

El Artículo 131: “Corresponde a la Asamblea Legislativa:

16º- Desconocer obligatoriamente al Presidente de la República o al que haga sus veces cuando terminado su período constitucional continúe en el ejercicio del cargo. En tal caso, si no hubiere persona legalmente llamada para el ejercicio de la Presidencia, designará un Presidente Provisional.”

El artículo 152 establece que: “No podrán ser candidatos a Presidente de la República:

1º- El que haya desempeñado la Presidencia de la República por mas de seis meses, consecutivos o no, durante el período inmediato anterior, o dentro de los últimos seis meses anteriores al inicio del período presidencial.”

El 154: “El período presidencial será de cinco años y comenzará y terminará el día primero de junio, sin que la persona que haya ejercido la Presidencia pueda continuar en sus funciones ni un día más.”

El artículo 248 establece la forma en que la asamblea puede modificar la Constitución, pero además es claro al afirmar que: “No podrán reformarse en ningún caso los artículos de esta Constitución que se refieren a la forma y sistema de Gobierno, al territorio de la República y a la alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República.”

Y por último el artículo 75 habla que quien promueva la reelección “Pierde los derechos de ciudadano:

4º- Los que suscriban actas, proclamas o adhesiones para promover o apoyar la reelección o la continuación del Presidente de la República, o empleen medios directos encaminados a ese fin.”

El único logro de la Administración Bukele ha sido una contundente «guerra contra las pandillas» en virtud de la que ha encarcelado a más de 73.000 presuntos pandilleros y ha tratado de erradicar cualquier rastro que hayan dejado en la sociedad salvadoreña, incluidos mausoleos y tumbas.

A pesar de la draconiana medida, las encuestas respaldan rotundamente al mandatario y su estrategia de seguridad, e incluso abogan por recrudecer aún más las medidas. Este logro es meramente una «percepción», mientras se contrapone el incremento de la población en pobreza extrema, la incapacidad del país de ser autosustentable en sus alimentos básicos, medio millón de jóvenes que se han dado a la fuga del sistema educativo público, hospitales desabastecidos, etc, etc.

Y mejor no hablar de la economía de las familias salvadoreñas, inflación y de la completa incapacidad del sistema judicial, también impuesto por la presidencia de la República.

Y aún así, es mejor preparase para otros 5 años de gastos incontrolados y secreto de Estado por 7 años de los usos de los dineros del erario público.

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