La tan discutida Reforma a la Ley de Pensiones fue aprobada la madrugada del jueves con 74 votos de los diputados de la Asamblea Legislativa en la plenaria 114.
A las 2:00 de la madrugada, luego que varios diputados, de diferentes partidos políticos, se repartieran la lectura del dictamen de modificación del proyecto, este fue enviado a la Casa Presidencial para que el presidente de la República, Salvador Sánchez Cerén, lo sancionara, lo que hizo de inmediato.
Las reformas más importantes del decreto 787, que modifica la ley de pensiones aprobado por el pleno son:
– El sistema recibirá “optados”, los cuales arrancarán con un mínimo del 35 % de su salario, más el 1 % adicional cada año a partir del cuarto año de entrada en vigencia de la reforma, hasta un máximo del 55 % de su aportación y con un límite máximo de $2,000 mensual como pensión. Los que actualmente reciben pensiones superiores a los $2,000 mantendrán estas intactas.
– Se tomará el 5 % de todos los salarios de los trabajadores para crear una “Cuenta de Garantía Solidaria”, este retribuirá al cotizante el 3 % de ese 5 % con el fin de pagar una pensión vitalicia a los pensionados. Esta cuenta podrá ser devuelta en el 100 % a la hora de jubilarse si el cotizante no cumple con los requisitos para pensionarse.
– Del 2% restante, el 1 % se reconocerá como el costo que tendrán las administradoras de pensiones por el manejo del fondo solidario, y el 1 % servirá para otorgar al pensionado una “pensión vitalicia”, cuando el dinero de su cuenta individual se haya acabado. El Estado será garante de que ese fondo existirá para el pensionado.
– La comisión que cobran las AFP’s se redujo del 2.2 % al 1.9 %.
– Se elevó el porcentaje de pensión por muerte o invalidez al 50 % y por invalidez parcial al 35 %.
– Los afiliados que dejaron de cotizar podrán hacer uso del Seguro Social por el mismo periodo que cotizó.
– Los trabajadores que hayan cotizado al menos 10 años, podrán solicitar como préstamo hasta el 25% de su fondo, el cual deberán reembolsar en los cinco años subsiguientes.
– De los fondos que toma el Estado de los fondos de pensiones, la tasa de rentabilidad, Certificados de Inversión Previsional (CIP), deberá subir de forma gradual, partiendo del 4 % (actualmente era el 3 %) hasta el 6 %. De esta manera se cumple con el fallo de la Sala de lo Constitucional.
La celebración de ARENA
ARENA celebró que no hubo traslado de los ahorros existentes de los trabajadores, como pretendía el Gobierno en su propuesta de febrero de 2016.
La reforma tuvo como base la propuesta “integradora” de los partidos políticos con representación en la Asamblea Legislativa, menos el FMLN.
Más endeudamiento
Por otra parte, después de la reforma a las pensiones, la Asamblea Legislativa aprobó reabrió la plenaria para autorizar la emisión de hasta $168,030,143 en títulos valores, con el fin de terminar de financiar el presupuesto general de 2017 y cumplir así con la sentencia de la Sala de lo Constitucional.
Se reformó la Ley del Fideicomiso de Obligaciones Previsionales (FOP) y se creó un transitorio para reestructurar certificados ya emitidos y evitar de esta manera que el Estado cayera nuevamente en impago en octubre por el vencimiento de $91 millones en capital e intereses de estos instrumentos.
Pasadas las 3:00 de la madrugada, los diputados aprobaron los títulos valores solicitados por el Gobierno para terminar de financiar el presupuesto y su respectiva reforma presupuestaria.