Presidente llama a la insurrección si no se le autorizan $109 millones para Seguridad

by Redacción

El presidente de la República, Nayib Bukele, hizo un llamado a la ciudadanía a que, si los diputados no sesionan el domingo, hagan uso del artículo 87 de la Constitución que establece que “se reconoce el derecho del pueblo a la insurrección, para el solo objeto de restablecer el orden constitucional alterado por la transgresión de las normas relativas a la forma de gobierno o al sistema político establecidos, o por graves violaciones a los derechos consagrados en esta Constitución”.

Bukele se molesto debido a que su «vocero» y «mayor aliado» en el Legislativo, el presidente de la Asamblea Legislativa, Mario Ponce, descartara una posible sesión plenaria extraordinaria para el próximo domingo, tal y como con una argucia demandaba el Ejecutivo.

El Consejo de Ministros del Ejecutivo convocó al Legislativo a una sesión extraordinaria, con motivo de aprobar el préstamo para la fase III del Plan Control Territorial. Esto con base al artículo 167, ordinal 7 de la Constitución de la República.

Bukele convocó a la ciudadanía concentrarse en el primer órgano de Estado, dentro de dos días, para exigir la aprobación de los recursos, destinados al financiamiento de instituciones de seguridad y policías y soldados.

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“El análisis que se ha hecho de parte de todos los Diputados miembros de la Comisión Política es que es improcedente”, señaló Ponce, que recibió como respuesta de su otrora aliado que de no cumplir con la solicitud “constituiría un rompimiento en el orden constitucional”, amenazando al país con la «insurrección» y todos los peligros que esta ofrece a la Democracia.

Por su parte, el Instituto Iberoamericano de Derecho Constitucional (IIDC) publicó un comunicado en el que asegura que el llamado a la Asamblea Legislativa a celebrar una sesión extraordinaria el domingo está sujeto a ciertas condiciones habilitantes.

“Debe interpretarse de manera restrictiva”, explicó el IIDC.

El Instituto indicó que no existen condiciones materiales que justifique la convocatoria, siendo la seguridad una facultad común del estado; Esta, debe usarse de modo excepcional, debidamente motivada “y, sobre todo, ante la concurrencia de reales circunstancias fácticas que acrediten el interés de la República”.

Además, el IIDC advirtió que la Asamblea Legislativa podría caer en vicios de inconstitucionalidad de atender la convocatoria, lo que afectaría una eventual aprobación del préstamo.

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