El 19 de noviembre será el último día formal de Nicaragua como parte de la Organización de Estados Americanos (OEA) al cumplirse el plazo de dos años necesario para que se complete el abandono desde el día en que la dictadura de Daniel Ortega hizo formal su decisión al denunciar la carta de la organización y dado que ningún país presentó ninguna observación.
Ante ese mojón, que tiene pocos antecedentes en la historia de la OEA, la presidencia del Consejo Permanente, que desde este mes está a cargo del embajador de Antigua y Barbuda, Ronald Sanders, pidió a la Secretaría de Asuntos Jurídicos un informe sobre las implicancias de este paso.
En el informe, al que accedió Infobae, se cita una opinión consultiva que dio la Corte Interamericana en 2020 ante una consulta de Colombia. Allí se manifiesta como muy importante que los Estados miembros de la OEA, “como garantes colectivos de su eficacia” pudieran expresar “observaciones u objeciones” a la denuncia que pueda hacer un estado.
El reporte de Jurídica de la OEA, fechado este lunes 23 de octubre, agrega que hasta el momento la Secretaría General “no ha recibido ninguna comunicación o pronunciamiento al respecto por parte de ningún Estado miembro ni individualmente, ni en el marco de la Asamblea General”, por lo que si Nicaragua no retira la denuncia antes, “dejará de ser miembro de la OEA a partir del 19 de noviembre de 2023″.
Agrega, en base a la opinión de la Corte, que la salud del sistema interamericano por parte de un país “es de especial gravedad” cuando sucede porque deja “en total desprotección a las personas bajo la jurisdicción del Estado” frente a las instancias de protección internacional regionales.
Por eso se recuerda la opinión de la Corte, que “subraya que es responsabilidad de los demás Estados Miembros de la OEA manifestar oportunamente las observaciones u objeciones que estimen pertinentes enmarcadas en la noción de garantía colectiva”.
En ninguna sesión de la OEA se planteó una objeción a la denuncia de la carta por parte de la dictadura de Nicaragua (EFE/Lenin Nolly)
La retroactividad
Otro de los factores que analiza el informe es que las obligaciones no cumplidas por Nicaragua durante todo este tiempo siguen vigentes por más que el país abandone la OEA, al menos hasta que las cumpla.
“Las obligaciones de derechos humanos derivadas de la Carta de la OEA permanecen incólumes durante el periodo de transición hacia la denuncia efectiva”, es decir, entre noviembre de 2021 y noviembre de 2023. Por tanto, Nicaragua sigue obligada a “cumplir con las obligaciones derivadas de las decisiones de los órganos de protección de derechos humanos del sistema interamericano” que se dictaron en este tiempo, “hasta su cumplimiento total”, algo que la dictadura no ha hecho.
En otras palabras, Nicaragua en términos jurídicos por más que efectivamente se vaya de la organización, sigue en falta por no acatar todas las decisiones adoptadas hasta ahora por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que forman parte del sistema interamericano de protección de los derechos humanos.
Las violaciones a los Derechos Humanos en Nicaragua han sido abordadas por el sistema interamericano a través de la Corte y la CIDH (EFE/Jorge Torres)
En la opinión consultiva de 2020, la Corte Interamericana establece que “la denuncia efectiva de la Carta de la OEA no surte efectos retroactivos”. Por lo tanto, Nicaragua no podrá desligarse de las obligaciones contraídas durante su permanencia en el organismo regional.
¿Qué ocurrirá una vez que la denuncia se haga efectiva en noviembre? Según explica el documento, “el deber de cumplir con los tratados interamericanos de derechos humanos ratificados y no denunciados conforme a sus propios procedimientos permanece vigente”. Es decir, Nicaragua seguirá estando sujeta a convenciones como la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura, ya que no las ha denunciado formalmente.
Además, la opinión consultiva de la Corte Interamericana recalca que “las normas consuetudinarias, las derivadas de principios generales de derecho y las pertenecientes al ius cogens continúan obligando al Estado en virtud del derecho internacional general”. Se trata de normas universalmente aceptadas que protegen valores fundamentales, como la prohibición de la tortura o el genocidio. Nicaragua, según el informe jurídico, sigue obligada a cumplirtas -aunque no lo hace- a pesar de su retiro de la OEA.