Corte Suprema de México declaró constitucional la consulta popular impulsada por AMLO para enjuiciar a expresidentes

by Redacción

Este jueves, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la materia de consulta para enjuiciar a los expresidentes de la República es constitucional.

Luego de que todos los ministros expusieron sus argumentos sobre la consulta, el pleno decidió con 6 votos a favor y 5 en contra, declarar constitucional la solicitud de consulta ciudadana presentada por el presidente Andrés Manuel López Obrador.

La cerrada votación quedó de la siguiente manera:

A favor de declarar la constitucionalidad de la consulta: Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Margarita Ríos-Farjat, Yasmín Esquivel Mossa, Alberto Pérez Dayán y Juan Luis González Alcántara.

Mientras que en contra de la constitucionalidad se pronunciaron: Luis María Aguilar (ponente del proyecto), Jorge Mario Pardo, José Fernando Franco, Jorge Mario Pardo y Norma Lucía Piña Hernández.

Imagen de archivo (Foto: Captura de Pantalla Justicia TV)Imagen de archivo (Foto: Captura de Pantalla Justicia TV)

Tras emitir sus votos, el ministro presidente, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, declaró un receso.

Al iniciar la sesión remota, el ministro Luis María Aguilar fundamentó por qué la consulta debe declararse inconstitucional al explicar que los derechos humanos no son elegibles, por lo que detalló que la consulta es violatoria del principio de igualdad ya que no se establece por qué a unas personas se les debe enjuiciar (en este caso a los expresidentes) y a otras personas no.

Por su parte, el ministro presidente, Arturo Zaldívar, resaltó la importancia de las consultas ciudadanas para establecer la democracia participativa, por lo que destacó “no nos corresponde ser una puerta cerrada, sino un puente” para que las personas puedan intervenir en las decisiones trascendentales. Por lo que se pronunció en contra del proyecto de proponer inconstitucional la consulta para enjuiciar a los expresidentes.

“El proyecto que presenté, concluye que la materia de la consulta es inconstitucional, pues en este caso la tarea de la SCJN no tiene nada qué ver con si debe investigarse a los expresidentes”, enfatizó el ministro ponente.

Arturo Zaldívar aseguró que la pregunta de la consulta no está culpando a nadie y, destacó, es falso que la consulta haga una exposición estigmatizante, en este caso, de los expresidentes.

Por su parte, el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, resaltó que es función de la SCJN ser garante de la democracia, por lo que dijo la consulta es un derecho constitucional, por lo que dijo no compartir la idea de que las consultas no sean vinculantes.

Señaló que en su opinión, existe indeterminación en la petición de la consulta.

El ministro consideró que la consulta es constitucional, ya que dijo, no viola ninguna norma jurídica. Sin embargo, pidió replantear la interpretación de la materia de la consulta para que proceda, de lo contrario, su voto sería a favor del proyecto.

En tanto, la ministra Ana Margarita Ríos Farjat, señaló que debe analizarse la pertinencia de la consulta. Explicó que la SCJN tiene la facultad de realizar las modificaciones conducentes a las preguntas, pero se trata de una metodología que no se encuentra en la Constitución.

“Anula de inicio la facultad de la SCJN de buscar alternativas y no presenta ninguna aproximación a modificar”, señaló.

Destacó que en su opinión, las consultas son vinculatorias, y destacó que no se infiere que se consulte si las autoridades pueden o deben proteger los derechos humanos, por lo que al final de su exposición, se pronunció en contra del proyecto del ministro Luis María Aguilar.

Por parte, la ministra Yasmín Esquivel Mossa, aseguró que no es viable hacer una interpretación extensiva en contra de la participación ciudadana, por lo que dijo, su voto será en contra del sentido del proyecto.

Imagen de arcivo (Foto: SCJN)Imagen de arcivo (Foto: SCJN)

El ministro Alberto Pérez Dayán, consideró que la pregunta es tendenciosa y sería violatoria los derechos humanos tal como apunta el proyecto del ministro Luis María Aguilar. Sin embargo, dijo que la consulta sobre los expresidentes no busca restringir los derechos humanos, por lo que se pronunció en contra del proyecto y a favor de que se modifique la pregunta.

En tanto, el ministro Juan Luis González Alcántara, también se pronunció a favor de replantear la pregunta que se plantea en la consulta.

Dijo concordar con razones suficientes para considerar que el objeto de la consulta es saber si el pueblo está de acuerdo o no con que las autoridades investiguen a los expresidentes. Sin embargo, dijo que coincidiría con el proyecto del ministro Luis María Aguilar, al señalar que la consulta sería inconstitucional.

Por su parte, el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, se pronunció a favor del proyecto. Sin embargo, aseguró que hará un voto concurrente, porque no comparte algunas estipulaciones del ministro Luis María Aguilar.

El ministro Javier Laynez Potisek, consideró que la materia de la consulta es inconstitucional, por lo que insistió, la consulta no procede.

¿Desde cuándo un jefe de Estado necesitaría una consulta para determinar si instruye a sus instituciones para buscar elementos para que se haga justicia?, preguntó Laynez Potisek. La justicia no se consulta, aseguró el ministro.

Finalizó señalando que la SCJN no puede avalar una consulta que es contraria a los derechos humanos. Si la consulta no es eficaz, esto no es imputable a la Suprema Corte, dijo.

Por su parte, el ministro José Fernando Franco González Salas, dijo estar a favor del sentido del proyecto de declarar inconstitucional la consulta popular que plantea enjuiciar a los expresidentes del país, pero separándose de varias consideraciones.

La ministra Norma Lucía Piña Hernández, adelantó que concordaba con los ministros que la antecedieron en el sentido de que la pregunta es inconstitucional como lo expresa el proyecto del ministro Luis María Aguilar.

Consideró que en este caso, la consulta pone a las víctimas a elegir la impartición de justicia.

Luego de los posicionamientos de todos los ministros, Luis María Aguilar señaló que si la mayoría está en contra del proyecto entonces como lo ofreció, podría hacer un engrose del asunto.

Decir que es inconstitucional “no va a estar bien”: AMLO

(Foto: Cuartoscuro)(Foto: Cuartoscuro)

Esta mañana y horas antes de que el máximo tribunal de justicia del país emita su determinación, el presidente Andrés Manuel López Obrador aseguró que sería “lamentable” si la Suprema Corte declara que no procede la consulta popular, por lo que les pidió no negar a la ciudadanía “su derecho a la participación”.

Dijo que no hay que temer a la opinión del pueblo y calificó este día como “importantísimo” para la vida del país.

“Yo espero que se resuelva bien, esto significa que se respete el espíritu del artículo 39 de la Constitución, de que el poder de emana del pueblo y se instituye para su beneficio y de que el pueblo tiene en todo momento el derecho de cambiar la forma de su gobierno, Es la esencia de la democracia, que no se le niega el pueblo su derecho a participar, que se haga valer a plenitud la democracia”, dijo.

En su conferencia de prensa de este jueves en Palacio Nacional, el mandatario insistió que la pregunta que se propuso para realizar la consulta ciudadana no viola los derechos humanos.

“¿Está de acuerdo o no con que las autoridades competentes, con apego a las leyes y procedimientos aplicables, investiguen, y en su caso sancionen, la presunta comisión de delitos por parte de los expresidentes Carlos Salinas de Gortari, Ernesto Zedillo Ponce de León, Vicente Fox Quesada, Felipe Calderón Hinojosa y Enrique Peña Nieto antes, durante y después de sus respectivas gestiones?”, leyó López Obrador.

“Pero decir que es inconstitucional, no va a estar bien, pero no quiero que se mal interprete porque soy respetuoso del Poder Judicial”, aseguró.

De acuerdo con el Artículo 35 de la Constitución (que establece los derechos de la ciudadanía) en su fracción octava establece que los ciudadanos tienen derecho a votar en las consultas populares sobre temas de trascendencia nacional.

Sin embargo, en el tercer inciso de la fracción octava establece que “No podrán podrán ser objeto de consulta popular la restricción de los derechos humanos reconocidos por esta Constitución; los principios consagrados en el artículo 40 de la misma; la materia electoral; los ingresos y gastos del Estado; la seguridad nacional y la organización, funcionamiento y disciplina de la Fuerza Armada permanente. La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolverá, previo a la convocatoria que realice el Congreso de la Unión, sobre la constitucionalidad de la materia de la consulta”.

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