La Corte de Constitucionalidad de Guatemala confirmó el jueves que la fiscal general solo puede ser destituida cuando enfrente una condena con sentencia en firme y por decisión del presidente, ante las protestas que exigen su renuncia por las investigaciones judiciales que ha llevado del reciente proceso electoral en el país.
La Corte decidió, en una resolución, mantener la norma legal que le otorga la ley a la fiscal general, ya que solo puede ser destituida por el presidente del país cuando exista una causa debidamente justificada. La misma ley precisa que hay una razón motivada cuando la máxima autoridad de la fiscalía haya cometido “un delito doloso durante el ejercicio de su función, siempre y cuando haya sentencia condenatoria debidamente ejecutoriada”.
Los representantes populistas de los Pueblos Ancestrales habían presentado una acción de inconstitucionalidad contra esa precisión que hace la ley del Ministerio Público para que fuera modificada y se retirara la mención a la condena, de forma que la titular de la fiscalía pudiese ser destituida por causa justificada. Sin delimitar qué se considera esto.
La petición de los revoltosos que encabezan las protestas y bloqueos en el país desde hace 18 días, pretendía abrir una posibilidad para que el presidente cumpla con la principal demanda de los manifestantes: que la fiscal general, Consuelo Porras, salga de su cargo.
El mandatario guatemalteco, Alejandro Giammattei, ya había indicado a los representantes indígenas que no estaba en su mano la destitución de Porras. En una reunión con los líderes de las protestas argumentó que, de hacerlo, sería extralimitarse en sus funciones.
Los manifestantes acusan a la fiscal general de judicializar el proceso electoral en el que salió como presidente electo, Bernardo Arévalo, y de socavar la democracia de Guatemala con sus actuaciones contra los magistrados electorales, contra los ciudadanos que participaron en el proceso de conteo y registro de votos y contra el partido de Arévalo, el Movimiento Semilla.
Y han advertido repetidamente que las protestas y bloqueos de carreteras no cesarán hasta que Porras renuncie o sea apartada del cargo.
Sin embargo, el Ministerio Publico se ha limitado a investigar varias denuncias por fraude electoral y otros varios delitos que habría cometido el Movimiento Semilla y sus máximos dirigentes.
Con la resolución de la Corte de Constitucional, que ratifica el texto de la ley, solo podrá lograrse la destitución de la fiscal general con un proceso penal en su contra donde resulte condenada con sentencia en firme.
La corte había recibido tres acciones que solicitaban la modificación del artículo 14 de la ley de Ministerio Público, la última de ellas del pasado 11 de octubre.
Además de la renuncia de Porras, los manifestantes piden la del fiscal Rafael Curruchiche, que lidera la investigación contra Semilla, y del juez Fredy Orellana, que está a cargo del proceso judicial.
Un día antes al pronunciamiento sobre la fiscal, la Corte de Constitucionalidad emitió un comunicado en donde ordenaba desalojar a los manifestantes apostados frente al Ministerio Público. Sin embargo después de un diálogo, entre los líderes, el ministerio de Gobernación y la Procuraduría de Derechos Humanos se acordó que solamente se despejarían los puntos de acceso y salida al edificio.