Expresidentes Cristiani y Saca no tendrían obligación de presentarse ante Comisión de la Asamblea para ser interrogados

by Redacción

Los expresidentes salvadoreños Alfredo Cristiani (1989-1994) y Elías Antonio Saca (2004-2009), quien está preso por malversación, fueron citados ante una comisión especial de la Asamblea Legislativa que investiga pagos secretos a funcionarios, informó el órgano de Estado.

La referida comisión programó la comparecencia de Cristiani y Saca para el próximo 21 de julio y asegura que tiene la potestad de hacer declarar por la fuerza a quien considere necesario.

Además llaman a declarar a sus ex secretarios privados Arturo Tona y Élmer Charlaix Urquilla, respectivamente.

El presidente de la referida comisión, Jorge Castro, aseguró que tienen la facultad legal para citar a los exmandatarios.

Con respecto a las declaraciones de Castro, sobre que los convocados tengan que «declarar por la fuerza», dicha situación fue descartada por abogados y juristas, pues dicha comisión no puede «obligar» la presencia de los convocados que no sean «funcionarios y empleados públicos», ni puede obligarles a declarar cosas a su conveniencia ni interés, menos si dichas declaraciones pudiesen atentar contra los derechos fundamentales de las personas llamadas.

De acuerdo a dicho Reglamento Interno, en su artículo 1, este «tiene por objeto regular la organización, el funcionamiento y los procedimientos parlamentarios de la Asamblea Legislativa, de acuerdo con las facultades que le otorga la Constitución», por lo que particulares no tienen porque atenerse a este.

El artículo 56 del Reglamento Interno de la Asamblea Legislativa reza: «Los funcionarios y empleados públicos, inclusive los de instituciones oficiales autónomas y los miembros de la Fuerza Armada, están en la obligación de colaborar con las comisiones especiales. La comparecencia y declaración de personas requeridas por estas comisiones serán obligatorias, bajo los mismos apercibimientos que se observan en el procedimiento judicial y además, proporcionarán por escrito cualquier información que se les solicite».

Según un abogado Constitucionalista consultado por la Agencia Digital de Noticias -ADN-, que pidió el anonimato por temor a represalias del Gobierno o de los funcionarios de la Corte Suprema de Justicia afines al Gobierno, el Reglamento Interno de la Asamblea Legislativa es en efecto eso, un reglamento interno y no puede afectar a particulares.

Además, la Constitución de la República aclara que los funcionarios no pueden hacer nada que la «ley no les ordene», pues de hacerlo se estarían extralimitando en sus obligaciones.

Ambos exmandatarios gobernaron bajo la bandera de la Alianza Republicana Nacionalista (ARENA).

La comisión especial fue propuesta por el presidente del Congreso, Ernesto Castro, quien se negó el lunes a someter a votación la recomendación de un diputado opositor para que esta también investigue a funcionarios del actual Gobierno.

Finalmente, de acuerdo al letrado, la recepción de sobresueldos no es delito que pueda ser tipificado de acuerdo a las leyes que estaban vigentes en el momento de recibir los dineros, más si podría haber comisión de delito en el caso que haya «evasión de impuestos», si estos ingresos no fueron declarados a Hacienda.

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