Fiscalía pide Antejuicio y Desafuero contra el viceministro de Seguridad y director de la PNC, Mauricio Arriaza Chicas

La Fiscalía General de la República (FGR) presentó el martes una petición de Antejuicio y Desafuero contra el viceministro de Seguridad y director de la Policía Nacional Civil, Mauricio Arriaza Chicas, por incumplir deberes que le ordena la Ley en perjuicio de la Administración Pública.

El jefe policial, Mauricio Arriaza Chicas

Arriaza fue nombrado director de la Corporación policial en junio de 2019, sin embargo, el pasado 12 de octubre, fue publicado en el Diario Oficial el nombramiento de Arriaza Chicas como viceministro de Seguridad Pública con carácter ad honorem.

Según abogados y expertos, el nombramiento fue un «fraude de ley» y un intento de «blindar» al funcionario luego que la Asamblea Legislativa certificara a la FGR desobediencia por parte de Arriaza Chicas, al menos en dos ocasiones, en las que hubo órdenes de llevar por apremio a dos ministros del Ejecutivo de Bukele ante la comisión especial que investiga la emisión de deuda y manejo de fondos en el marco de la pandemia.

El nombramiento fue amparado por el presidente de la República mediante el acuerdo ejecutivo 384 el 9 de octubre de 2020.

Los diputados de la comisión especial invocaron el artículo 321 del Código Penal, en el que se hace referencia al delito de incumplimiento de deberes.

Según los diputados, en la negativa de Arriaza Chicas a cumplir la orden de la comisión se manifiesta la falta.

Por su parte, el director de la PNC justificó su negativa en que él no consideraba que fuera necesario el uso de la fuerza pública para hacer comparecer al ministro de Hacienda, Alejandro Zelaya y al ministro de Salud, Francisco Alabí. Aplicando un criterio que no le confiere la ley y alejándose del cumplimiento de órdenes que según la Constitución de la República debía sólo que obedecer.

El artículo 56 del Reglamento Interior de la Asamblea Legislativa y al Artículo 132 de la Constitución de la República indican que las comparecencias de las personas requeridas por dichas comisiones especiales “serán obligatorias bajo los mismos apercibimientos que se observan en el procedimiento judicial”.

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