Campaña de desprestigio a candidatos a Fiscal General afecta el principio de inocencia

En diversos medios de comunicación ha comenzado lo que podría llamarse una campaña de desprestigio en contra de los abogados que aspiran a ser Fiscal General de la República, cuyo periodo inicia el 5 de enero de 2019 y tiene un lapso de tres años.

La mayoría de los aspirantes a Fiscal General han presentado a la Asamblea Legislativa sus atestados, así como las constancias de solvencia que se acostumbra pedir a los interesados y que puedan afectar su condición de ciudadanos en el goce de sus derechos civiles y políticos.

El informe o constancias que expiden la Corte de Cuentas, Policía Nacional Civil, Fiscalía General de la República, carecen de cualquier efecto restrictivo para los candidatos, excepto el de la Procuraduría General de la República, en lo que se refiere a no tener problemas por pago de cuotas alimenticias de menores.

La Constitución es clara y específica cuando se refiere a la pérdida de derechos a la que se pueden ver expuestos los ciudadanos en general y estos derechos solo se pierden por condena judicial debidamente publicitada en el diario oficial.

Ante cualquier pregunta que se pueda derivar de los informes o constancias, hecha por cualquiera de las respectivas comisiones de la Asamblea Legislativa, no deberían ser respondidas por los candidatos porque mientras no haya una sentencia firme en su contra se le presumirá inocente y la sola mención de dichas preguntas se reputarán como atentado a la dignidad y el honor de las personas.

Los casos sin resolver en la Fiscalía General que aparecen en las constancias que los mismos candidatos presentaron a la Asamblea Legislativa no deber ser mencionados porque su sola mención puede causar agravios a los aspirantes al cargo de Fiscal General así como de cualquier otra función institucional dentro del aparato del Estado.

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